sábado, 1 de agosto de 2026 11:32

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Opinión

La trata de personas el gran financiador del crimen organizado

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Por: Melissa Barreto

“La trata de personas es una de las más graves violaciones a los derechos humanos. Se constituye en una forma de esclavitud del siglo XXI que afecta la dignidad, la libertad, la autonomía e incluso la vida de las víctimas y de sus familias.” La trata de personas, una realidad que persiste en Colombia – Defensoría del pueblo.

El pasado 30 de julio se conmemoró el Día Mundial contra la Trata de Personas. Un delito que ha crecido de forma desafortunada dentro de nuestro territorio colombiano.

La trata de personas, en especial con fines de explotación sexual, lleva años siendo parte de la historia del país, siendo parte de la historia del conflicto armado. A pesar de la firma del acuerdo de paz, la trata encontró nuevas vulnerabilidades para someter a sus víctimas, tales como la crisis migratoria de Venezuela, la migración interna en busca de mejores oportunidades o el abandono del Estado, que aún no ve este delito como una necesidad prioritaria. Una emergencia que viene denunciando la Defensoría del Pueblo y distintas entidades en pro de los derechos humanos.

¿Por qué, si año con año se viene denunciando el rápido crecimiento de este delito, no hay un programa especializado para contrarrestar este delito, desde la justicia hasta la protección y prevención?

La respuesta es más compleja que la falta de presupuesto en el sector justicia: Va desde la poca capacitación de los funcionarios de administración de la justicia con enfoque de género, hasta la falta de entendimiento real de cómo se está llevando a cabo este delito y la diversificación que ha tenido en estos últimos años.

Para que entiendan a qué me refiero: Siempre que se habla de trata de blancas, en el imaginario común está el que vemos en las películas; mujeres y niñas raptadas y vendidas al extranjero con fines de explotación sexual. Todo muy violento, rápido y sencillo de entender; aunque es innegable que esto también pasa, no es la regla y es más bien la excepción.

“Esto permite establecer cuáles son las variables determinantes de la trata de personas a través de plataformas en línea. El problema se aborda, específicamente, en la relación que existe entre las plataformas de servicios sexuales —en concreto sexcam y cybersex trafficking—, y cómo estas se relacionan en un contexto mundial con el tráfico de personas con propósitos de prostitución ajena, explotación sexual y lavado de activos en vinculación con la financiación del terrorismo.” Sexcam o el tráfico de cibersexo en Colombia. Trata y explotación sexual de personas (Rafael Francisco Díaz-Vásquez, Manuela Luque-Becerra) – Comunicación, Cultura y Política – 2020.

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Con todo el tacto y delicadeza posible, voy a afirmar que hay una delgada línea entre el trabajo sexual y la trata de personas. Es decir, dentro del trabajo sexual es más fácil caer ante redes de trata y es también el gancho. No estoy diciendo que todas las personas que se dediquen al trabajo sexual sean víctimas de redes de trata. Solo estoy diciendo que la trata de personas se “esconde” dentro del trabajo sexual.

No quiero entrar a dar casos puntuales, con víctimas reconocidas, así que mencionaré un caso reciente en el que se desconoce las identidades de las víctimas.

En esta última semana de julio se dio captura a una red de trata de personas, operada por una familia, en la que la líder de la banda y madre de familia sometía mujeres en dos locaciones residenciales de la ciudad de Bogotá y las obligaba a ejercer trabajo sexual y a realizar también contenido videográfico para ofertarlas a los “clientes” Imponiéndoles multas si tenían su menstruación o cualquier otro motivo por el que no pudiesen realizar dicha acción. Se dice que su hija era quien las captaba con supuestas ofertas de empleo por medio de redes sociales para un spa, y su hijo y su esposo hacían parte de la logística interna de dicha red.

Aunque el caso apenas se determinó que sí había trata de personas y por eso se realizó la captura, los detalles exactos de la captación y coacción de las mujeres están sujetos a cambiar con el desarrollo del proceso penal. Me parece un buen ejemplo para que se entienda la realidad de cómo opera este delito. Para “los clientes”, ellas eran trabajadoras sexuales, pero en realidad son víctimas de trata de personas.

Siendo aún más complejo en el caso de la trata de blancas con estudios webcam y otro tipo de contenidos sexuales.

Por eso el proyecto de ley “Con la trata no hay trato” en el que se modificó el delito de trata de personas: la ley actualiza la actuación del Estado frente al delito, al reconocer que la trata ya no requiere únicamente el traslado físico de las personas. Las redes pueden operar desde entornos digitales, captar víctimas mediante redes sociales y someterlas a distintas formas de explotación.

El crimen organizado ya no es como lo conocíamos: Se ha diversificado en su economía y financiamiento, así como el terrorismo, y estas grandes organizaciones ilegales, han encontrado una forma de financiarse, encontrando en la falta de diligencia del Estado ante la trata de personas una comodidad y oportunidad para seguir fortaleciéndose ante los ojos de todos.

Aviso: Las opiniones en esta columna pertenecen exclusivamente al autor y no comprometen el pensamiento editorial de Enfoque TeVé 360. Abrimos este espacio como un ejercicio de libre expresión y pluralidad.