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Opinión

NO FUE ABUSIVO ¡FUE VIOLENTO!

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Por: Valentina Giraldo

Una niña de 12 años del resguardo indígena Embera Chamí, en Risaralda, fue violada por al menos 7 militares, y la Fiscalía General de la Nación imputó acceso carnal abusivo agravado. Pero, ¿Qué de malo tiene eso?

El artículo 208 del Código Penal se refiere al acceso carnal abusivo en los siguientes términos: “El que acceda carnalmente a persona menor de catorce años, incurrirá en prisión de doce a veinte años.” Y a su vez, el artículo 205 del mismo compendio normativo se refiere al acceso carnal violento así: “El que realice acceso carnal con otra persona mediante violencia, incurrirá en prisión de doce a veinte años.”

Pues bien, en principio algunos dirían que es irrelevante cuál delito se impute, ya que la pena para ambos oscila entre el mismo rango; pero cabe acotar lo siguiente:

El delito de acceso carnal abusivo supone que el acto sexual se perpetró con una persona que no puede ejercer sus derechos sexuales y por tanto no puede válidamente consentirlo, es decir, un menor de 14 años; pero que, para ejecutarse, no medió la violencia por parte del victimario.

Entonces me surgen tres preguntas fundamentales: ¿se adecúa la conducta de los uniformados a este delito? ¿Será que una niña de doce años consintió tener relaciones con siete hombres al mismo tiempo? o, ¿Será que siete hombres armados no ejercieron violencia física y psicológica sobre la menor para accederla carnalmente?

A esta última podríamos inferir que la Fiscalía General de la Nación respondió que no, o quizás, para imputar acceso carnal abusivo y no violento, partió del viejo argumento que esgrime que, si la víctima no aparece con marcas físicas donde se denote violencia, esta no existió.

Y lo grave no para ahí, pues, más allá del debate jurídico sobre el delito, las circunstancias de agravación punitiva erróneamente imputadas, el posible concurso de delitos que se omitió y la eventual variación de la pena; advertimos que, hacerlo de esta manera revictimiza a la menor por vulnerar su derecho a la justicia y la verdad, al insinuar que consintió la violación.

Más, en el entendido de las declaraciones realizadas por parte de su hermana a la periodista Vicky Dávila, en las que afirmó que la menor relató, cómo durante la violación taparon su boca, mientras le amenazaban con matarla.

Así, mientras todos desviábamos nuestra atención hacia la opinión de personajes tan nefastos como la senadora del Centro Democrático María Fernanda Cabal, quien se refirió al hecho como “un falso positivo en contra del Ejército”, el fiscal general -Uribista y de bolsillo- Francisco Barbosa, hacía de las suyas, afirmando en declaraciones públicas que, de la información obtenida hasta el momento sólo podía inferirse acceso carnal abusivo; jactándose de la supuesta eficacia de la justicia, por haber llevado a audiencia de formulación de imputación a los sujetos en menos de 72 horas; y afirmando irresponsablemente que “se resolvió el caso”, cuando evidentemente, este sigue en curso.

Ahora sólo resta esperar que, en los estrados judiciales, se imparta justicia material sobre los responsables de este nuevo acontecimiento de violencia patriarcal institucionalizada; quienes, sin quitarle la vida a la niña Embera, enlutaron para siempre su alma.

Periodista del ámbito político administrativo y regional, con experiencia en diferentes medios de comunicación, director de Enfoque TeVe.