viernes, 25 de septiembre de 2026 13:43

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Nación

Ordenan al ministro Indalecio Dangond retractarse con campesinos

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Un juez de la capital del país le dio un plazo de 48 horas al titular de Agricultura para rectificar y reiteró que la identidad campesina es una categoría de especial protección constitucional.

El Juzgado 46 Laboral de Bogotá tuteló los derechos fundamentales a la dignidad, la igualdad y la identidad campesina, ordenándole al ministro de Agricultura, Indalecio Dangond, ofrecer disculpas públicas y rectificar sus declaraciones en un plazo perentorio de 48 horas.

La decisión judicial respondió a una tutela interpuesta por el representante a la Cámara Miguel Ángel Grisales, tras los polémicos anuncios del funcionario sobre erradicar la palabra «campesino» del lenguaje institucional.

La identidad campesina como categoría constitucional

La jueza Ángela Cristina Dussán Cáceres determinó que los términos “campesino”, “campesina” y “campesinado” son categorías constitucionales que gozan de especial protección jurídica según el artículo 64 de la Constitución, reformado por el Acto Legislativo 01 de 2023.

El fallo enfatizó que dicha identidad integra dimensiones culturales, ambientales, territoriales y sociales que no pueden limitarse únicamente a una etiqueta mercantil.

“Campesino, campesina y campesinado son categorías constitucionales dignas, sujetos de derechos y de especial protección. No pueden ser sustituidas de manera general por la expresión ‘pequeños empresarios del campo’”, determinó la sentencia.

El origen de la polémica en el Congreso

La controversia estalló el 8 de septiembre de 2026 durante la presentación del presupuesto general de la Nación para 2027 ante las comisiones económicas del Legislativo.

En esa sesión, el ministro Dangond desató el descontento de organizaciones agrarias al declarar:

“No se van a llamar campesinos, se van a llamar pequeños empresarios del campo. Campesino es despectivo. Aquí vamos a elevar el estatus de los que producen los alimentos del país. ¿Oyeron? Empresarios del campo”.

El despacho judicial advirtió que la falta no radicó solo en expresar una opinión personal, sino en articularla con el anuncio oficial de suprimir estos términos del vocabulario estatal.

Parámetros de la rectificación y reacciones

El fallo, notificado el 23 de septiembre de 2026, estipula que la rectificación y las excusas deben difundirse por los mismos canales y medios institucionales que divulgaron la intervención inicial.

Asimismo, la sentencia aclaró puntos clave sobre el uso de los términos en las políticas públicas:

Lenguaje institucional: El Estado no podrá borrar ni sustituir de forma general la palabra campesinado de sus documentos y políticas.

Actividad económica: Se permite utilizar rótulos como «productor agropecuario» o «empresario rural» únicamente para describir dinámicas productivas específicas, sin menoscabar el sujeto de derechos.

Respaldo social: Líderes indígenas y sociales como la senadora Aida Quilcué celebraron la orden judicial como un triunfo para la soberanía alimentaria y la dignidad de las comunidades rurales.

¿Qué sigue ahora?

Una vez vencido el término de 48 horas, el Ministerio de Agricultura deberá remitir al despacho laboral las pruebas que certifiquen las disculpas y la respectiva aclaración pública.

De no cumplir con la orden en el tiempo fijado, el ministro podría enfrentar la apertura de un incidente de desacato, con sanciones que contemplan multas o arresto.