sábado, 19 de septiembre de 2026 11:34

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Política

Procuraduría revoca sanción de 12 años contra Andrés Hurtado y lo absuelve por presunta participación en política

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La decisión de segunda instancia dejó sin efecto la destitución e inhabilidad impuesta al exalcalde de Ibagué por un proceso relacionado con un evento realizado durante la campaña electoral de 2023.

La Procuraduría General de la Nación revocó el fallo disciplinario que había sancionado con destitución e inhabilidad general por 12 años al exalcalde de Ibagué, Andrés Fabián Hurtado Barrera, dentro del proceso relacionado con un evento realizado el 15 de septiembre de 2023 con líderes religiosos, durante la campaña electoral para la Alcaldía de Ibagué.

La decisión de segunda instancia también cobija a Leidy Gómez García, quien para entonces se desempeñaba como directora de Atención al Ciudadano de la Alcaldía de Ibagué y había sido sancionada dentro del mismo proceso.

La Sala Disciplinaria analizó nuevamente las pruebas y concluyó que no quedó plenamente demostrado que el encuentro tuviera una finalidad electoral, ni que Hurtado y Gómez hubieran utilizado sus cargos públicos para intervenir en una controversia política.

El proceso se originó por el denominado “Conversatorio por la Ciudad y Rendición de Cuentas”, realizado en el salón Altamira del Hotel Estelar de Ibagué. Según la acusación inicial, el encuentro habría sido utilizado para presentar y promover políticamente a Johana Ximena Aranda Rivera, entonces candidata a la Alcaldía de Ibagué.

Sin embargo, la Sala encontró elementos que generaban dudas sobre esa interpretación. Entre ellos, señaló que cuando Aranda llegó al lugar, buena parte de los asistentes ya se había retirado. Además, durante la intervención de Hurtado no se hicieron referencias a una campaña o candidato y no se utilizó propaganda política, salvo un pendón que llevaba la candidata al momento de ingresar.

Con base en el análisis de las pruebas, la Sala consideró que el material probatorio no alcanzaba el nivel de certeza requerido para confirmar una responsabilidad disciplinaria.

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Revocada la sanción

La Procuraduría determinó aplicar el principio de “in dubio pro disciplinado”, al considerar que no fueron demostrados los supuestos fácticos de los cargos con el grado de certeza exigido para mantener un fallo sancionatorio.

Por ello, resolvió revocar la decisión del 21 de enero de 2026, mediante la cual la Procuraduría Delegada Disciplinaria de Juzgamiento 4 había declarado responsables a Hurtado y Gómez y les había impuesto destitución e inhabilidad general durante 12 años.

En su lugar, la Sala decidió absolverlos de los cargos formulados y ordenó devolver el expediente para su archivo. Según la información publicada sobre la decisión, contra esta determinación no procede recurso.

La Procuraduría había informado en febrero de 2026 que, en primera instancia, consideró que el evento oficial había sido utilizado como espacio de respaldo electoral a una candidata y, por esa razón, impuso la sanción de 12 años.

La decisión de segunda instancia modifica ese primer fallo y cierra el proceso disciplinario relacionado con los hechos analizados en este expediente.

Conozca el documento:Andrés Hurtado queda absuelto: Procuraduría tumba sanción de 12 años