Opinión
Empleo e incapacidad laboral
Por: Camilo Ernesto Ossa
De las reformas de fondo que requiere el Sistema General de Seguridad Social Integral en Colombia, pasa obligadamente por repensar el papel de las EPS, su intermediación con las IPS, la calidad del servicio, la justa remuneración y condiciones dignas del personal médico y asistencial, la cobertura, efectividad y cumplimiento del riesgo profesional o accidentes de trabajo a cargo de las ARL, que no cumplen a cabalidad esta importante función y, por supuesto, el régimen pensional que bajo el actual diseño nos nivela por lo bajo, con el salario mínimo. Por último, naturalmente la precaria actividad de vigilancia y control de la Superintendencia Nacional de Salud.
Otras reformas que solo requieren una Ley ordinaria y que puede contribuir a la dinamización y formalización laboral en Colombia es el contenido en el artículo 1º del Decreto 2943 de 2013, que modificó el parágrafo 1º del artículo 40 del Decreto 1406 de 1999, el cual señala que, “En el Sistema General de Seguridad Social en Salud serán a cargo de los respectivos empleadores las prestaciones económicas correspondientes a los dos (2) primeros días de incapacidad originada por enfermedad general y de las Entidades Promotoras de Salud a partir del tercer (3) día de conformidad con la normatividad vigente”.
Y ¿por qué? ¿no deberían las EPS pagar desde el día uno de incapacidad de los trabajadores? ¿Por qué imponer doble carga a los empleadores con este sistema? Me explico, en Colombia se aporta el 12,5% en salud tanto por trabajadores dependientes como independientes, de los cuales, el 8,5% lo aporta el empleador y el 4% el trabajador, donde, en un respeto pleno al Estado Social de Derecho, el trabajador debería quedar cubierto integralmente en salud por quienes la administran y el empleador a salvo de los riesgos que implica la enfermedad de un trabajador.
Este esquema, altamente perverso se ha prestado en Colombia para que las EPS se “quiten” de encima la obligación de pagar un número importante de incapacidades, que en dinero representan cientos de miles de millones al año, condición que se agrava para el empresario cuando la incapacidad es de tres días y, para solicitar el reintegro del día “cubierto”, debe someterse a un trámite engorroso, allegar documentos como certificado de cámara de comercio y certificación bancaria, que le cuestan aproximadamente el 70% de lo que le devolverán –dependiendo el salario del trabajador-, con lo que la mayoría desiste de reclamar. Cuando son enfermedades preexistentes o de mayor complejidad, se dan incapacidades a prorrata –provisionales- de tres a cinco días por ejemplo, más no por el periodo completo, llegando incluso, en muchos casos, a “saltarse” los días domingos y festivos.
Sin lugar a dudas este es un aspecto que debe modificarse en la ley, porque deben ser las EPS las que cubran, desde el día uno de incapacidad, el pago del salario del trabajador –íntegro-, como medida para reducir la precarización laboral y también, como insumo para la generación de fuentes de empleo, pues un trabajador que por condiciones médicas deba ser incapacitado por un periodo largo de tiempo, teniendo una incapacidad que así lo determine y un pago corrido de sus acreencias laborales, da la oportunidad de mover el mercado laboral, así sea temporalmente, para cubrir las vacantes.
Insisto, hay que reformar y debemos iniciar es por el control y vigilancia del sector salud –en administración de recursos y prestación eficiente y oportuna del servicio-, el quién y el cómo, porque si algo tengo claro es que hay una relación inversamente proporcional entre el bajo o nulo control y el aumento de prácticas que buscan hacerle el quite a la norma, como en este y muchos otros casos; nada más recordemos lo que ha venido ocurriendo con las incapacidades por Covid-19, donde al paciente le ordenan el aislamiento mientras le toman la prueba, ¡sin incapacidad! y cuando llega el resultado, ya ha pasado el periodo de aislamiento, entonces ya para qué incapacidad, pero el costo debe asumirlo el empleador y, en algunos casos, el trabajador. ¡Bonito así!