jueves, 17 de septiembre de 2026 06:47

Connect with us

Portada

Juez anula primer debate de proyecto de acuerdo en Cajamarca por falta de quórum e inhabilidad de concejala

Published

on

Un fallo de tutela dejó sin efectos la aprobación de la iniciativa y ordenó al Concejo reiniciar su trámite.

El Concejo Municipal de Cajamarca deberá repetir desde cero el trámite del Proyecto de Acuerdo No. 15 de 2026. La decisión judicial dejó sin valor jurídico el primer debate aprobado el pasado 27 de agosto en la Comisión Primera de Hacienda y Crédito Público, tras evidenciar un vicio de nulidad absoluta por falta de quórum.

El fallo, que también anula las convocatorias expedidas para el segundo debate en plenaria, resolvió la acción de tutela interpuesta por Sirley Karina Gómez Hurtado, coadyuvada por Sofía Medina García, en contra del Cabildo y de la cabildante Luz Amanda Sánchez Torres.

El juzgado ordenó retrotraer el proyecto legislativo hasta la etapa previa a su discusión en comisión. Para reanudar el proceso, la Mesa Directiva deberá:

– Verificar en los sistemas SIRI y SIBOR el estado actual de la presunta inhabilidad de la concejala Luz Amanda Sánchez Torres.
– Garantizar el cumplimiento estricto de las mayorías y del quórum decisorio exigidos por el reglamento interno y la Ley 136 de 1994.

Le puede interesar: Hasta el 31 de octubre habrá descuento en sanciones e intereses del impuesto vehicular en el Tolima

Otras determinaciones del fallo

Silla vacía: El despacho descartó aplicar la figura contemplada en el artículo 134 de la Constitución Política, al señalar que resulta ajena e inaplicable frente a faltas derivadas de procesos de responsabilidad fiscal.

Derecho de petición: Negó la solicitud de amparo formulada por Sofía Medina García al calificarla de improcedente por prematura, ya que al radicarse la tutela aún no vencían los 15 días hábiles que otorga la ley.

020 FalloDeTutela 2026-00253

Desvinculaciones: Declaró la falta de legitimación en la causa por pasiva y desvinculó de la acción judicial a la Alcaldía de Cajamarca, la Contraloría Departamental del Tolima y la Procuraduría General de la Nación.

La decisión fue notificada a las partes por medios electrónicos conforme al Decreto 2591 de 1991.