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Política

Demandaron ante el Tribunal Administrativo del Tolima a Lisandro Trujillo, Concejal Electo de Ibagué

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La demanda fue instaurada por la nulidad de su elección, al parecer el cabildante electo del ADA no podría posesionarse

Trujillo Cendales estaría in curso de una falta absoluta para poder ejercer su cargo de Concejal, conforme el literal C del artículo 151 de la Ley 136 de 1994.

ARTICULO 51. FALTAS ABSOLUTAS. Son faltas absolutas de los concejales:

  1. La muerte
  2. La renuncia aceptada
  3. La incapacidad física permanente.
  4. La aceptación o desempeño de cualquier cargo o empleo público.
  5. La declaratoria de nulidad de la elección como concejal.
  6. La destitución del cargo, a solicitud de la Procuraduría General de la Nación como resultado de un proceso disciplinario.
  7. La interdicción Judicial.
  8. La condena a pena privativa de la libertad.

Algunas de nuestras fuentes consultadas indicaron que, de llegarse a posesionar en el cargo,  quedaría como incurrente en falta absoluta, por ser la incapacidad física y psíquica, por ser pensionado por dicha causa y no por ser soldado en uso de buen retiro.

Vale la pena recordar, que hace unos días en medios de comunicación, se reveló que Trujillo se pensionó por psiquiatría del ejército Nacional y no por retiro, lo que presuntamente cambiaría las cosas.

Se pudo conocer que el demandante enviará una misiva al Ejército, informando un posible fraude en el proceso de calificación de la invalidez mental del Concejal electo Trujillo Cendales, por último anuncian las respectivas acciones disciplinarias en Procuraduría y penales por fraude procesal en contra de Lisandro Trujillo.

Enfoque intento comunicarse con el Concejal electo, para conocer su actuar ante esta situación, quien nos indicó que en primera instancia será revisada por sus abogados y luego si se pronunciará ante medios de comunicación.