miércoles, 14 de octubre de 2026 15:57

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Confirman arresto domiciliario para secretaria de Gobierno de Mariquita y director regional del INPEC

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El Tribunal Superior de Ibagué mantuvo las sanciones por desacato relacionadas con el traslado pendiente de tres personas privadas de la libertad.

El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué confirmó la sanción por desacato impuesta a Magaly Quimbayo Guzmán, secretaria General y de Gobierno de San Sebastián de Mariquita, y a Guillermo Andrés González, director de la Regional Viejo Caldas del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC).

La decisión ratificó la medida de dos días de arresto domiciliario y una multa equivalente a dos salarios mínimos legales mensuales vigentes para cada uno, debido al incumplimiento de una orden judicial relacionada con el traslado de personas privadas de la libertad que permanecían en condiciones de hacinamiento en la Estación de Policía de Mariquita.

Según la información del caso, la actuación se originó en una tutela cuyo amparo fue concedido el 22 de julio de 2026 y complementado en segunda instancia el 31 de julio del mismo año. La orden judicial establecía el traslado y la reubicación de diez detenidos en establecimientos penitenciarios que contaran con disponibilidad, con el propósito de garantizar sus derechos fundamentales y condiciones dignas de reclusión.

Aunque la administración municipal y el INPEC adelantaron gestiones para cumplir la decisión, durante el trámite del incidente de desacato se estableció que aún estaba pendiente el traslado de tres personas.

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Ronald Pérez, veedor de Mariquita, explicó que el Tribunal revisó las actuaciones de las entidades involucradas y concluyó que las gestiones realizadas no habían permitido cumplir integralmente la orden judicial.

«La Alcaldía argumentó que estaba adelantando gestiones y que existían dificultades para concretar un convenio con el INPEC. El Tribunal consideró que el municipio había dispuesto 50 millones de pesos, pero que las gestiones no habían sido suficientes; no se explicó por qué no podían designarse más recursos ni acreditarse acciones alternativas eficaces para garantizar el cumplimiento de la tutela», señaló Pérez.

El veedor también indicó que la decisión judicial tuvo en cuenta las obligaciones del INPEC frente a la búsqueda de alternativas para el traslado de los detenidos, independientemente de las dificultades administrativas o presupuestales que pudieran presentarse.

«También señaló que las dificultades presupuestales no eximían al INPEC de buscar otros establecimientos con disponibilidad. El Tribunal no solo confirmó la sanción, sino que concluyó que persistía un incumplimiento de las órdenes judiciales y que estaban acreditados los elementos necesarios para mantenerla», agregó.

De acuerdo con lo expuesto por Pérez, el fallo de consulta confirmó las sanciones y advirtió que contra esa decisión no proceden recursos.

La determinación judicial se fundamenta en la necesidad de garantizar el cumplimiento de las órdenes de tutela y los derechos fundamentales de las personas privadas de la libertad, en particular frente a las condiciones de hacinamiento y la obligación de asegurar una reclusión digna.