Tolima
Fallo judicial ordena al IGAC entregar información sobre avalúos rurales en Mariquita
La decisión tutela el derecho de petición de un ciudadano y fija un plazo para responder de fondo sobre los soportes técnicos del proceso catastral.
Un fallo de tutela emitido por el Juzgado Laboral del Circuito de Honda ordenó al Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) entregar información técnica relacionada con los avalúos catastrales en zona rural del municipio de San Sebastián de Mariquita.
La decisión, del 20 de abril de 2026, resolvió una acción interpuesta por el exalcalde Juan Carlos Castaño, quien solicitó acceso a los documentos que sustentan el proceso de avalúo masivo aplicado en el municipio. El despacho concluyó que se vulneró el derecho fundamental de petición, al no haberse entregado una respuesta completa frente a la solicitud.
En el fallo se indica que la respuesta emitida por la entidad fue «incompleta e incongruente frente a lo solicitado», ya que no abordó de manera detallada la totalidad de los documentos requeridos ni explicó su disponibilidad.
En ese sentido, el juzgado ordenó al IGAC que, en un plazo de 48 horas, emita una respuesta «de fondo, clara, precisa y congruente», pronunciándose sobre cada uno de los elementos solicitados, así como sobre la existencia o no de los soportes técnicos del avalúo.
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Durante el trámite, se conoció que tanto la Secretaría de Planeación del municipio como el Concejo Municipal manifestaron no contar con la información técnica del proceso catastral, lo que, según lo expuesto en la acción, ha dificultado la toma de decisiones relacionadas con el impuesto predial.

El caso se da en medio de cuestionamientos por incrementos en los avalúos rurales. Según lo expuesto por el accionante, algunos ajustes habrían alcanzado porcentajes elevados, lo que ha generado inquietudes entre habitantes del sector rural.
El juzgado también concluyó que no se configuró vulneración al debido proceso administrativo, al considerar que los actos generales fueron publicados conforme a la normativa vigente, y negó las pretensiones frente a las entidades municipales vinculadas.
La decisión puede ser impugnada ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué.
