Ibagué
Alcalde Andrés Hurtado aseveró que su proceso ha sido ‘pinponeado’
Luego de 8 días de haber interpuesto la acción de tutela con medida cautelar de suspensión de la providencia de la Procuraduría, el mandatario de los ibaguereños indicó que le están vulnerando los derechos fundamentales.
A través de un comunicado dirigido a la opinión pública, el alcalde de Ibagué Andrés Fabián Hurtado Barrera, se refirió a la suspensión en su contra por 3 meses y al proceso de defensa que ha llevado a cabo desde hace 8 días.
“Observo con profunda preocupación, la grave y continua vulneración de mis derechos fundamentales como ciudadano y servidor público elegido democráticamente, propiciado por la Procuraduría General de la Nación y ahora por los jueces de la República, quienes tienen a su cargo el deber legal y constitucional de restablecer mis garantías como funcionario del Estado y como ciudadano”, señaló.
Hurtado Barrera argumentó que ha sido absolutamente respetuoso de las instituciones y de la justicia, que ha estado confiado en su misión de proteger las garantías democráticas y ciudadanas. Sin embargo, debido a los últimos acontecimientos, enumeró una serie de situaciones que según él, rompen esa confianza:
- De acuerdo con las permisiones constitucionales y legales, presenté una acción de tutela con medida cautelar de suspensión de la providencia de la Procuraduría, y en ejercicio de mis derechos fundamentales al debido proceso y al derecho político de permanecer en el cargo de alcalde de Ibagué, amparado en las decisiones tanto de las altas Cortes colombianas, como de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, para que se revoque la lesiva medida de suspensión provisional.
- Hoy, ocho (8) días después de haber ejercido esa acción constitucional, los jueces no se han puesto de acuerdo en la competencia para conocer de mi tutela, la cual se ha “paseado” o, como se dice vulgarmente, “pinponeado”. En efecto, mi solicitud llegó inicialmente al Juzgado Octavo Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá; luego pasó al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, y después al Juzgado Primero Administrativo de Ibagué, quien finalmente remitió mi acción a la Corte Constitucional para que dirima un posible conflicto negativo de competencias, trámite que puede tardar más de dos (2) meses, vulnerando el término constitucional de 10 días que establece el artículo 86 de nuestra Carta Política, y haciendo inocua la acción de tutela, pues para esa época ya se habrá cumplido el término de la suspensión provisional.
- Por tal motivo, retiraré la acción de tutela para presentarla nuevamente ante el Consejo de Estado, para sea esta Alta Corte quien ampare mis garantías fundamentales al debido proceso y a permanecer en el cargo público, como expresión de mis derechos políticos.
- Por otro lado, y no menos preocupante es el escenario del proceso disciplinario. La Procuraduría General de la Nación no me ha permitido ejercer en debida forma mi derecho a la defensa, pues a la fecha no le ha sido reconocida personería jurídica a mi abogado de confianza a pesar de que el poder por mi conferido se allegó a la procuraduría desde el pasado 16 de marzo.
Además, expuso que tampoco se le ha permitido el acceso al expediente disciplinario y que no se le ha dado traslado de la medida de suspensión provisional para exponer los argumentos para pedir la revocatoria de la medida ante la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de los elegidos popularmente, cuando la norma disciplinaria indica que se debe hacer de manera inmediata.