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Supertransporte pone la lupa sobre Tránsito de Mariquita por denuncias con tricimóviles
La entidad pidió información sobre comparendos, inmovilizaciones y las normas utilizadas durante los operativos.
La Superintendencia de Transporte requirió formalmente a la Secretaría de Tránsito y Movilidad de San Sebastián de Mariquita, Tolima, para que entregue información relacionada con los procedimientos realizados contra tricimóviles no motorizados y de pedaleo asistido en el municipio.
El requerimiento, fechado en marzo de 2026, se originó en una denuncia administrativa presentada ante la entidad por ciudadanos que cuestionaron presuntas irregularidades en la imposición de comparendos e inmovilizaciones durante 2025 y lo corrido de 2026.
De acuerdo con el documento, entre los aspectos denunciados se encuentra la presunta utilización del código D12, relacionado con conductores de vehículos automotores, para sancionar a usuarios de tricimóviles no motorizados o de pedaleo asistido.
La denuncia también cuestiona la aplicación del código A12 sin que, según lo expuesto ante la Superintendencia, existiera una reglamentación municipal previa que estableciera las condiciones de tiempo, modo y lugar para la operación de estos vehículos.
En el documento, la Superintendencia cita las disposiciones que regulan este tipo de vehículos y señala que, según la información puesta en su conocimiento, se habría presentado una aplicación de normas cuya procedencia debe ser revisada. «La entidad ha impuesto comparendos bajo el código D12, el cual está reservado exclusivamente para conductores de vehículos automotores. No obstante, según las Resoluciones 160 de 2017 y 3256 de 2018 del Ministerio de Transporte, los tricimóviles de pedaleo asistido son definidos legalmente como vehículos no motorizados o no automotores», señala la denuncia incorporada al requerimiento.

Sobre el código A12, el documento hace referencia a la Sentencia C-981 de 2010 de la Corte Constitucional y plantea que la imposición de esta infracción requiere una reglamentación previa por parte de las autoridades territoriales. «Al no existir dicha reglamentación en Mariquita, la imposición de multas A12 constituye una vía de hecho administrativa», sostiene el escrito citado por la Superintendencia.
Supertransporte pidió información a la Secretaría
Ante las denuncias recibidas, la entidad nacional solicitó a la Secretaría de Tránsito de Mariquita que, dentro de un plazo de 10 días hábiles, entregue información relacionada con los procedimientos cuestionados.
Entre los documentos requeridos se encuentra una relación de los comparendos A12 y D12 impuestos durante 2025 y lo corrido de 2026, así como información sobre las quejas y reclamos relacionados con presuntas irregularidades en los procedimientos adelantados por agentes de tránsito.
También pidió los acuerdos, decretos, circulares y demás actos administrativos mediante los cuales el municipio haya regulado las condiciones de operación de los tricimóviles no motorizados y de pedaleo asistido.
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La Superintendencia recordó en su comunicación que los alcaldes cuentan con competencias como autoridades de tránsito dentro de sus respectivas jurisdicciones, incluyendo funciones regulatorias y sancionatorias.
El documento advierte además que una respuesta incompleta, presentada fuera del plazo establecido o el incumplimiento del requerimiento «será considerado como una falta» y podría generar el traslado del caso a la Dirección de Investigaciones de Tránsito y Transporte de la Superintendencia.
Veedor pide claridad sobre los procedimientos
Ronald Pérez, veedor ciudadano de Mariquita que se refirió al caso, señaló que el requerimiento representa una solicitud de información sobre los procedimientos adelantados contra los tricimóviles. «La Superintendencia de Transporte requirió oficialmente a la Secretaría de Tránsito de San Sebastián de Mariquita información relacionada con los operativos, comparendos e inmovilizaciones de tricimóviles no motorizados y de pedaleo asistido durante 2025 y lo corrido de 2026″, manifestó.
El veedor también explicó que entre los puntos sobre los que la entidad nacional solicitó información están los comparendos, las quejas presentadas por ciudadanos y las normas municipales que regulan la operación de estos vehículos. «La Superintendencia le dio a la Secretaría de Tránsito un plazo de 10 días hábiles para entregar información. Entre lo solicitado está la relación completa de los comparendos A12 y D12 impuestos durante 2025 y lo corrido de 2026», indicó Pérez.
Por ahora, el requerimiento corresponde a una actuación de supervisión y solicitud de información. La documentación solicitada deberá ser revisada por la Superintendencia para determinar si existen o no irregularidades en los procedimientos denunciados.
La respuesta de la Secretaría de Tránsito y Movilidad de Mariquita será uno de los elementos que permitirá establecer el alcance de las actuaciones cuestionadas y las medidas que eventualmente pueda adoptar la autoridad nacional.
