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Radican proyecto para reglamentar prisión perpetua en violadores de niños

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Representante Adriana Matiz coautora del proyecto de ley de prisión perpetua para violadores de niños

Con la presencia del ministro del Interior, Daniel Palacios, el ministro de Justicia, Wilson Ruiz y congresistas de diferentes partidos políticos, fue radicado este martes en el Congreso de la República, el proyecto de ley para reglamentar la prisión perpetua revisable para violadores y asesinos de niños, niñas y adolescentes en Colombia; tras ser aprobado el Acto Legislativo, en junio del 2020.

“Con la reglamentación, se buscan establecer todos los elementos esenciales frente a la imposición de esta pena, es decir, su condición de excepcionalidad, el control automático de la sanción, la revisión de la misma y cómo se va a aplicar. Es reglamentarla y que quede claro cuándo se aplica, cómo, quién la debe imponer y las garantías en estos procesos» señaló el ministro Daniel Palacios.

Así mismo, la representante Adriana Matiz, coautora de la iniciativa indicó “la implementación de la prisión perpetua revisable es un mecanismo efectivo para proteger los derechos de los niños. Derechos que prevalecen por encima de los derechos de los demás, de acuerdo con lo establecido en la Constitución Política de Colombia y los tratados internacionales, incluyendo un aspecto fundamental, que es la función resocializadora de la pena y proponiéndose la implementación de la prisión perpetua revisable, proporcional, ponderada y ajustada a la Constitución”.

A lo que agregó “este proyecto contempla unos aspectos fundamentales: dentro de ellos se dispone que la sanción penal prescribirá en 60 años, pero también que la prisión perpetua revisable solo procede frente a quien cometiere la conducta en calidad de autor, de coautor y/o determinador; y que los menores de 18 años que hayan cometido estos delitos, estarán sometidos al Sistema de Responsabilidad Penal para adolescentes y en ningún caso se les impondrá la prisión perpetua revisable”.

“Pero también quedó claramente establecido en el proyecto, qué quienes hayan sido condenados, no podrán acceder a la libertad condicional, ni a los beneficios que impliquen permanencia fuera del establecimiento de reclusión, ni ninguna clase de negociación con el Estado” puntualizó la congresista.

Por otra parte, la parlamentaria aseguró que el proyecto además establece un control automático, para la sentencia condenatoria que se profiera en primera instancia, además de una etapa fundamental, que es la revisión.

“Cuando la persona haya cumplido 25 años privada de la libertad, se procede a una evaluación al proceso de resocialización, por un equipo psicosocial, y se determina si esa revisión es positiva o negativa. En caso tal la revisión sea positiva, se procede a colocar una pena temporal, que en ningún caso puede ser inferior a 50 años, y en caso de concurso de delitos, no podrá ser inferior a 60 años; y en caso tal la revisión sea negativa, la persona puede pedir nuevamente la revisión transcurridos 10 años desde la fecha de negación” Aseveró Matiz.

Se espera que este proyecto de ley, al tener un mensaje de urgencia, en los próximos días comience su trámite en el Congreso de la República

Periodista del ámbito político administrativo y regional, con experiencia en diferentes medios de comunicación, director de Enfoque TeVe.

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