Un juzgado declaró infundado el impedimento presentado por el juez que debía conocer la audiencia de formulación de imputación.
El proceso penal relacionado con las presuntas irregularidades en las obras del puente de la calle 60, en Ibagué, continuará su curso luego de que el Juzgado Séptimo Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento declarara infundado el impedimento presentado por el juez encargado de adelantar la audiencia de formulación de imputación.
El impedimento había sido presentado por el juez Eliécer Vargas Díaz, quien manifestó que su imparcialidad podría verse comprometida debido a un contrato de prestación de servicios que suscribió con el Municipio de Ibagué durante la administración del entonces alcalde Andrés Fabián Hurtado, así como por publicaciones en medios de comunicación y redes sociales relacionadas con ese vínculo y con antiguos contratos de su esposa.
Sin embargo, el despacho judicial concluyó que esas circunstancias no configuran una causal legal de impedimento. En la decisión se indicó que el contrato fue celebrado con el Municipio y no con el entonces mandatario a título personal, además de señalar que este tipo de contratación no genera una relación de subordinación entre las partes.
Asimismo, el juzgado precisó que las publicaciones o cuestionamientos realizados en medios de comunicación o redes sociales no constituyen, por sí solos, un motivo previsto en la ley para apartar al funcionario del conocimiento del proceso.
Con esta determinación, el expediente fue remitido nuevamente al Juzgado Séptimo Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías para que continúe el trámite de la audiencia de formulación de imputación contra el exalcalde Andrés Fabián Hurtado y los demás investigados.
La decisión corresponde a un aspecto procesal y no constituye un pronunciamiento sobre la responsabilidad penal de las personas vinculadas a la investigación. Ahora, se espera que la autoridad judicial programe la fecha para la reanudación de las audiencias.