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Ibagué

Organizadores del Jamming incumplieron citaciones de la Superintendencia de Industria y Comercio

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La entidad dio a conocer varios incumplimientos de los empresarios, a pesar de eso, no hicieron lo posible para impedir esta catástrofe comercial. Además, la Fiscalía debe determinar si los encargados del Jamming Festival 2022 cometieron algún delito.

Gracias al pronunciamiento que hizo esta entidad, se conocieron varias anomalías que se habrían presentado en los útimos días con los organizadores del Jamming Festival 2022.

Habían incumplido requerimientos de la SIC:

La superintendencia de industria y comercio, en su calidad de autoridad nacional de protección al consumidor informó que con ocasión de los requerimientos de información efectuados a la empresa “BUENA VIBRA EVENTOS E.U.”, organizadora del evento “JAMMING FESTIVAL 2022”, desde el día viernes 11 de marzo de los corrientes, no recibieron ninguna información de los encargados del evento.

También dejaron de asistir a una mesa de trabajo:

Se ausentaron y no dieron una respuesta por fallar a la mesa de trabajo convocada por la SIC para el día lunes 14 de marzo de 2022, para prevenir las posibles afectaciones a los consumidores por los cambios en el mencionado espectáculo.

Y ante la decisión unilateral de la empresa organizadora de aplazar el evento en cuestión, esa autoridad ha tomado las siguientes acciones:

  1. ABRIR investigación administrativa por el INCUMPLIMIENTO DE INSTRUCCIONES al no presentar la información requerida desde el 11 de marzo de los corrientes, así como por NO ASISTIR, NI ATENDER la mesa de trabajo convocada de manera urgente por esta Autoridad para el 14 de marzo, causando afectaciones a los consumidores.
  2. ORDENAR el cese de la promoción, publicidad y venta del evento “JAMMING FESTIVAL 2023” por parte de la misma empresa, hasta tanto no dé una respuesta y solución efectiva por los hechos acontecidos con el evento ofertado, anunciado y vendido para este año (2022).
  3. VERIFICAR las consecuencias jurídicas al anunciar la cancelación del evento masivo con solo un (1) día de preaviso, para determinar si esto vulnera los

presupuestos legales de protección al consumidor.

  1. LIBRAR requerimientos a la sociedad “OPERACIONES Y SERVICIOS TURÍSTICOS S.A.S.”, propietario del establecimiento “PLAYA HAWAI”, y a la Alcaldía Municipal de Ibagué (Tolima).
  2. Trasladar las denuncias recibidas a la Fiscalía General de la Nación, para que el ente acusador determine en el marco de sus competencias si se ha cometido algún delito.
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