viernes, 4 de septiembre de 2026 09:24

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Política

Denuncian que concejal de Cajamarca por presidir comisiones en medio de una inhabilidad fiscal vigente

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Amanda Sánchez, del Partido AICO, acumula restricciones jurídicas hasta 2030 para laborar con el Estado y ocupar empleos oficiales, tras un proceso de responsabilidad de la Contraloría que salpica directamente a la corporación edilicia.

En el municipio de Cajamarca (Tolima) ha tomado fuerza una grave denuncia jurídica y política en torno a la continuidad en sus funciones de la concejal Luz Amanda Sánchez Torres.

Documentos oficiales expedidos el pasado 3 de septiembre de 2026 por la Procuraduría General de la Nación y la Contraloría General de la República revelan que registra sanciones e inhabilidades fiscales vigentes, una situación especialmente delicada si se considera que la entidad directamente afectada por su fallo fiscal es el propio Concejo Municipal.

Un historial de inhabilidades plenamente vigente

De acuerdo con el certificado ordinario No. 302326542 del Sistema de Información de Registro de Sanciones e Inhabilidades (SIRI) de la Procuraduría, Sánchez Torres registra dos restricciones explícitas bajo el amparo de la Ley 1952 de 2019 (artículo 42, parágrafo 1):

  • Inhabilidad para desempeñar cargos públicos.
  • Inhabilidad para contratar con el Estado.

Ambas medidas rigen por un periodo de cinco años, con fecha de inicio el 18 de febrero de 2025 y fecha de finalización el 17 de febrero de 2030. Las decisiones se fundamentan en un fallo emitido en primera instancia por el Director Técnico de Responsabilidad Fiscal el 27 de diciembre de 2024, cuya reposición fue resuelta el 17 de febrero de 2025 con efectos jurídicos a partir del día siguiente.

Por su parte, la consulta en el Sistema de Información del Boletín de Responsables Fiscales (SIBOR) de la Contraloría ratifica que la cabildante figura reportada en un proceso individual (Fallo No. 21 del 27 de diciembre de 2024) por una cuantía de $12,648,916.00.

El dato más revelador del reporte es que la entidad perjudicada en este proceso es, precisamente, el Concejo Municipal de Cajamarca (Tolima).

Conflicto ético y colisión de competencias en el cabildo

Esta coexistencia de factores abre un profundo debate sobre la legalidad del ejercicio de sus funciones. Según los estatutos de la denuncia, Sánchez Torres ha continuado participando activamente en las deliberaciones, votaciones y en la dirección de células corporativas clave, habiendo presidido la Comisión Primera y la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

La controversia radica en que una concejal cobijada por una inhabilidad para desempeñar cargos públicos —y cuyo fallo fiscal tiene como víctima al mismo órgano que integra— intervenga de manera directa en el estudio de presupuestos, honorarios, control político y acuerdos estratégicos del municipio.

Su injerencia bajo estas condiciones vulnera los principios de transparencia, imparcialidad y probidad administrativa, dejando cualquier decisión o votación en la que participe expuesta a graves cuestionamientos de nulidad o conflicto de intereses.

El trasfondo crítico: El debate de la Ley 550 en Cajamarca

La polémica cobra máxima urgencia institucional ante el trámite del Proyecto de Acuerdo No. 15 de 2026, mediante el cual se busca otorgar facultades extraordinarias al alcalde municipal, Camilo Valencia, para promover, negociar y celebrar un acuerdo de reestructuración de pasivos bajo los lineamientos de la Ley 550 de 1999.

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Cajamarca atraviesa una compleja coyuntura fiscal tras verse obligada a reconocer un pasivo cercano a los 60.000 millones de pesos por directrices de la Contaduría General de la Nación, sumado a diversas contingencias administrativas y judiciales. Para poner en marcha la reestructuración financiera, la ley exige que el Concejo Municipal autorice formalmente al ejecutivo, condicione el alcance de las medidas y apruebe ajustes que impactan de manera directa las finanzas locales.

Si una concejal inhabilitada para el ejercicio público y con un antecedente fiscal con el propio Concejo participa en la habilitación jurídica de un proceso de esta magnitud, se corre el riesgo de contaminar la legitimidad del procedimiento.

Una autorización viciada o legalmente cuestionada no solo retrasaría la negociación con los acreedores, sino que expondría al municipio a demandas, objeciones de los organismos de control y a una profundización de su crisis económica.

El rol de los organismos de control y de la corporación

La Procuraduría General de la Nación ha recordado que el certificado de antecedentes surte efectos jurídicos para el acceso al sector público y que recae sobre las entidades (en este caso, la administración y la secretaría del Concejo) la responsabilidad directa de validar y dar cumplimiento a la normatividad sobre inhabilidades al momento de posesionar o permitir el ejercicio de sus miembros.

Corresponde ahora a las autoridades competentes y a la propia corporación edilicia evaluar si hay lugar a medidas correctivas, impedimentos, recusaciones o acciones de pérdida de investidura.

Mientras tanto, el cabildo de Cajamarca no solo discute el futuro financiero de sus deudas, sino la validez jurídica de las decisiones con las que pretende superarlas.

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