Internacional
Corte Suprema de EE. UU. declara inconstitucional decreto de Trump que restringía la ciudadanía por nacimiento
Con este veredicto, el tribunal de máxima instancia de los Estados Unidos frena de manera definitiva uno de los pilares más controvertidos de la política migratoria de la actual administración en Washington, manteniendo intacta la regla constitucional.
En un fallo de profundo impacto institucional, legal y demográfico, la Corte Suprema de los Estados Unidos declaró inconstitucional la Orden Ejecutiva 14160, firmada por el presidente Donald Trump el pasado 20 de enero de 2025. Con este decreto, la administración republicana pretendía excluir de la ciudadanía automática a los niños nacidos en suelo estadounidense cuyos padres se encontraran en el país de forma ilegal o con estatus temporal.
Con una mayoría calificada de 6 votos contra 3, el máximo tribunal de justicia norteamericano reafirmó la aplicación estricta y amplia de la Cláusula de Ciudadanía de la Decimocuarta Enmienda de la Constitución, ratificando que el derecho al suelo (jus soli) no puede ser modificado ni limitado mediante un decreto presidencial.
El precedente del caso Trump v. Barbara
La histórica decisión judicial resuelve el caso Trump v. Barbara, confirmando las sentencias previas de tribunales inferiores que ya habían bloqueado la aplicación de la polémica medida del Ejecutivo. La Corte determinó de forma categórica que los hijos de extranjeros nacidos dentro de las fronteras de EE. UU. adquieren la condición de ciudadanos al nacer, debido a que se encuentran plenamente sujetos a la jurisdicción territorial del país.
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La opinión mayoritaria del tribunal fue redactada por el presidente de la Corte Suprema, el magistrado John Roberts, y contó con el respaldo decisivo de las juezas Sonia Sotomayor, Elena Kagan, Ketanji Brown Jackson y la magistrada conservadora Amy Coney Barrett.

Los argumentos de la mayoría se fundamentaron en el texto original de la Decimocuarta Enmienda, aprobada en 1868 tras la Guerra Civil, así como en el precedente jurisprudencial histórico fijado en el caso United States v. Wong Kim Ark de 1898. De acuerdo con este entendimiento legal consolidado por más de 150 años, la expresión «sujeto a su jurisdicción» se refiere al poder de control territorial que el Estado ejerce sobre todo individuo nacido en su suelo, dejando por fuera únicamente excepciones tradicionales muy específicas, como los hijos de diplomáticos extranjeros con inmunidad.
Freno a las facultades presidenciales por decreto
La Corte dictaminó que la restricción que el gobierno de Donald Trump buscaba imponer carece de sustento constitucional y altera el sentido original de las leyes estadounidenses. El decreto presidencial pretendía establecer que los padres sin residencia permanente o ciudadanía no tenían la facultad jurídica de transmitir de manera automática la ciudadanía a sus hijos nacidos dentro del territorio nacional.
«La ciudadanía, entonces y ahora, es el derecho a tener derechos… Los redactores de la Decimocuarta Enmienda extendieron esa promesa a cada persona libre en esta tierra. Hoy cumplimos esa promesa». — John Roberts, presidente de la Corte Suprema de EE. UU.
Con este veredicto, el tribunal de máxima instancia de los Estados Unidos frena de manera definitiva uno de los pilares más controvertidos de la política migratoria de la actual administración en Washington, manteniendo intacta la regla constitucional que dicta que «todas las personas nacidas o naturalizadas en los Estados Unidos y sujetas a su jurisdicción son ciudadanos de los Estados Unidos y del estado en que residan».
