Política
Consejo de Estado admite demanda contra la curul de Carolina Corcho
El alto tribunal negó la suspensión provisional, por lo que la congresista del Pacto Histórico mantendrá su investidura mientras se resuelve el fondo del litigio electoral.
El Consejo de Estado, a través de su Sección Quinta, admitió formalmente una demanda de nulidad electoral contra la elección de Diana Carolina Corcho Mejía como senadora de la República para el periodo 2026-2030.
La acción judicial fue interpuesta por el ciudadano Freddy Fernando Flórez Afanador, quien pide anular la credencial otorgada mediante la Resolución E-3328 del 13 de julio de 2026 expedida por el Consejo Nacional Electoral.
Los argumentos contra la elección de la senadora
El demandante sostiene que la coalición vulneró el artículo 107 de la Constitución Política y los artículos 5, 6 y 7 de la Ley 1475 de 2011, al haber desconocido los resultados de la consulta popular del 26 de octubre de 2025.
Dicho mecanismo ciudadano determinó la lista de aspirantes al Senado; sin embargo, Carolina Corcho compitió ese día exclusivamente por la precandidatura presidencial, ubicándose segunda tras Iván Cepeda.
Pese a no medirse en la consulta al Congreso, la exministra resultó inscrita como cabeza de lista legislativa para los comicios del 8 de marzo de 2026, producto de un acuerdo político interno.
Niegan suspensión provisional de la investidura
Pese a la admisión del trámite bajo la ponencia de la magistrada Gloria María Gómez Montoya, el tribunal rechazó la medida cautelar que buscaba apartar a la legisladora del cargo de forma inmediata.
«No existen elementos suficientes de prueba que acrediten de manera ostensible u objetiva la vulneración alegada», señaló el auto judicial.

La corporación determinó que el pacto de coalición preveía fórmulas para elegir la cabeza de lista, por lo que se requiere un examen minucioso sobre figuras como la doble militancia antes de tomar una determinación.
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Por su parte, la contestación enviada por los apoderados de Carolina Corcho no fue admitida al presentar defectos formales en el poder entregado.
¿Qué sigue en el proceso judicial?
La decisión del Consejo de Estado no implica la pérdida de la investidura ni anula el resultado electoral, por lo que la dirigente mantiene plenas funciones legislativas.
El proceso continuará con la fase de pruebas y alegatos de las partes, tras lo cual la Sección Quinta emitirá una sentencia de fondo de carácter definitivo.
¿Guarda similitud con los casos de Renzo García y Marco Hincapié?
El debate jurídico que rodea a Carolina Corcho comparte un punto neurálgico con las disputas electorales que involucraron a figuras del Pacto Histórico en el Tolima, como los dirigentes Renzo García y Marco Hincapié: la tensión entre los acuerdos políticos internos de la coalición y la obligatoriedad de los mecanismos democráticos previos (como consultas populares o encuestas vinculantes).
Sin embargo, existen diferencias técnicas de fondo en el plano procesal y sustancial:
Similitud: En ambos escenarios, los demandantes acusan a las directivas partidarias de haber desconocido las reglas de juego previas y la voluntad ciudadana para imponer candidaturas mediante consensos de cúpula posteriores.
Diferencia jurídica: En el expediente de Carolina Corcho, el reproche central radica en haber saltado de una consulta presidencial no vinculante para el Congreso a encabezar la lista al Senado, debatiéndose si el acuerdo de coalición facultaba tal designación frente a la Ley 1475 de 2011. Por su parte, los litigios vinculados a candidaturas regionales como las de Renzo García y Marco Hincapié se centraron prioritariamente en la validez de los consensos locales de mesa directiva, el otorgamiento de avales por personerías jurídicas absorbidas y posibles causales de doble militancia en la conformación de listas a corporaciones territoriales.
