jueves, 26 de junio de 2025 10:23

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Política

Concejal Andrés Zambrano le gana ‘batalla’ judicial a la Alcaldía de Ibagué por protección del Parque Centenario

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Una juez falló a favor del  cabildante en una acción de cumplimiento que ordena a la administración municipal expedir un Plan Especial de Manejo y Protección para la Concha Acústica en un plazo máximo de cuatro meses.

Un fallo judicial de primera instancia respaldó las pretensiones del concejal Andrés Zambrano, quien desde el 2024 había solicitado a la Alcaldía de Ibagué implementar un Plan Especial de Manejo y Protección para el parque Centenario, en el que se encuentra la Concha Acústica Garzón y Collazos, declarada Bien de Interés Cultural desde el año 2000.

«Justamente hoy una juez de la República le ha dado viabilidad a nuestras pretensiones en una acción de cumplimiento que interpusimos en contra de la alcaldía de Ibagué, para que cree el plan especial de manejo y protección al que tienen derecho los bienes de interés cultural», explicó el cabildante.

La Administración Municipal, que había sostenido que no era obligatorio realizar dicho plan, ahora tiene cuatro meses para cumplir con la orden, aunque ya interpuso un recurso de apelación. Según Zambrano, «la Alcaldía incumplió el Decreto 2358 de 2019” y por eso la jueza ordenó que se expida este PEMP, “que inclusive es jerárquicamente superior a un Plan de Ordenamiento Territorial».

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El concejal recalcó que el plan no se limita a una intervención física momentánea, sino que garantiza la protección a largo plazo de este espacio patrimonial. «Esta intervención que están haciendo ahorita puede durar 5, 6 o 7 meses, pero el objetivo es que luego de entregada esta obra, este plan empiece a ejecutarse para que se siga conservando y protegiendo este bien de interés cultural«, añadió.

Frente a los argumentos de la Alcaldía, que considera que no es obligatorio el plan porque el bien no está declarado a nivel nacional y se encuentra en área urbana, Zambrano respondió: «Nosotros decimos que inclusive el mismo POT lo establece: cuando estos bienes se encuentran en un estado evidente de deterioro y abandono, se les debe realizar este plan. Es evidente el estado en el que se encuentra, y aunque ya se va a hacer el mejoramiento, está expuesto a que en cualquier momento vuelva a deteriorarse si no se hacen acciones como estas«.

Ahora, el proceso entra en segunda instancia, a la espera de que el Tribunal Administrativo del Tolima ratifique el fallo. «Esperamos que el juez superior confirme esta decisión y se proteja este bien de interés cultural, como lo establece la normativa vigente», concluyó el cabildante.