domingo, 28 de septiembre de 2025 00:28

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Nación

¡Adiós a las multas «fantasma»!

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El Consejo de Estado aclaró que los agentes de tránsito no podrán imponer sanciones basándose únicamente en el Registro Único Nacional de Tránsito.

Imagina esto: tu viejo sedán duerme plácidamente en el garaje, acumulando polvo y recuerdos de viajes lejanos, mientras una notificación sorpresa aterriza en tu buzón exigiendo pagar una fortuna por un SOAT o una revisión técnico-mecánica que, en teoría, no ha puesto en riesgo a nadie.

Esa pesadilla, que ha perseguido a miles de colombianos durante más de una década, acaba de ser desterrada por el Consejo de Estado en un fallo que suena a victoria para el sentido común.

El alto tribunal, en una decisión que huele a justicia cotidiana, acaba de declarar inválidas las circulares del Ministerio de Transporte que desde 2013 y 2014 permitían a los agentes de tránsito jugar a los detectives digitales.

Basta de sanciones basadas solo en un clic al Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT): si tu vehículo no rueda por las calles –esté estacionado, en taller o simplemente olvidado–, no hay comparendo que valga.

«El Código Nacional de Tránsito es taxativo: las infracciones se pillan en caliente, en movimiento, no en un registro frío que ignora si el carro siquiera enciende«, explica el fallo, que anula de un plumazo esas «multas automáticas» que olían a abuso administrativo.

No es que el SOAT –ese salvavidas para víctimas de choques que cubre desde curitas hasta cirugías– o la revisión técnico-mecánica –el chequeo que asegura frenos firmes y humos controlados– hayan perdido su encanto obligatorio. Al contrario: el Consejo de Estado los defiende como pilares de la seguridad vial y el aire respirable.

Pero multar a un fantasma mecánico, argumenta, desvirtúa su esencia. «Estos requisitos protegen a quienes sí transitan, no a los autos fantasmas en el RUNT», sentencia el tribunal, recordándonos que el Ministerio de Transporte se pasó al ordenar castigos sin pisar el acelerador.

En Colombia, donde el 48% de los vehículos andaba sin SOAT vigente hasta septiembre de 2024 y el 57% esquivaba la revisión, este veredicto llega como lluvia en el desierto para dueños de motos polvorientas o carros de fin de semana.

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Medios como Infobae y El Tiempo lo celebran como un freno a las «multas sorpresa», mientras Valora Analitik advierte que los agentes ahora deberán ensuciarse las botas: nada de sanciones desde un escritorio; hay que constatar el delito en la vía, con luces y sirenas.

¿Y si ya te cayó una de esas multas injustas? El Consejo de Estado abre la puerta: no pagues de una. Apóyate en este fallo para objetar ante la autoridad de tránsito en cinco días hábiles, o demanda en cuatro meses si ya se pagó.

Abogados como el veedor ‘Guisao’ argumentan: «Es hora de que las normas sirvan a la gente, no al contrario».

Para los que sí sacan el carro o la motocicleta a pasear, el mensaje es directo: mantén todo al día o prepárate para desembolsar 30 salarios mínimos diarios (unos $1.423.500 en 2025) por SOAT vencido, más 15 ($711.750) por la revisión. Y ojo con las novedades de enero: los Centros de Diagnóstico Automotor ahora chequean el SOAT en línea antes de cualquier revisión, reportando evasores al instante.

En un país donde las vías son un rompecabezas de baches y prisas, este fallo no resuelve el tráfico, pero al menos evita que se pague por lo que no se usa.

¿Tu carro está en pausa? Duerme tranquilo: la justicia, por fin, le dio un respiro. Si circula, acelera responsable. La carretera –y el RUNT– te esperan.