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Política

Johana Aranda no está inhabilitada por doble militancia

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La precandidata podrá aspirar a la Alcaldía de Ibagué de acuerdo al prestigioso abogado experto en jurisprudencia electoral, Juan Carlos Novoa.

Hoy se despejaron las dudas ante una presunta inhabilidad por doble militancia de la precandidata a la Alcaldía de Ibagué Johana Aranda.

El reconocido abogado Juan Carlos Novoa, experto en temas electorales, estuvo en Ibagué despejando las dudas jurídicas que se ventilaron la última semana frente al particular.

El profesional en derecho, primero hizo referencia a las presuntas inhabilidades de Aranda por haber ocupado el cargo de secretaria de Salud del municipio y ser alcaldesa encargada cuando fue suspendido del cargo el alcalde Andrés Fabián Hurtado.

«En ese momento dijimos que no había inhabilidad por haber ocupado el cargo de secretaria de Salud porque renunció a finales de julio del año pasado estando por fuera de los 12 meses que establece la norma para inhabilitarla. En lo que concierne por haber ocupado el cargo de alcaldesa encargada. En estricto sentido se habla de una supuesta incompatibilidad, pero tampoco por esa circunstancia se restringe la posibilidad que Johana Aranda pueda aspirar a la Alcaldía de Ibagué, por cuanto ella dejó ese encargo el 30 de mayo del año pasado, es decir también por fuera de los 12 meses que establece la norma, contados a partir de la inscripción para ser alcaldesa desde el 29 de junio al 29 de julio», señaló Novoa.

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En cuanto a la doble militancia de Aranda, el abogado explicó: «el argumento de doble militancia lo argumentan porque fue alcaldesa encargada por el Partido Conservador, lo que le impediría aspirar por otro partido y la harían incurrir en doble militancia; comparando el caso con el de Roy Barreras, expresidente del Congreso de la República. Ante esto, hay que distinguir para acertar y confundirse. El caso del exsenador es muy distinto al de Aranda, Roy Barreras no renunció de partido para ocupar un cargo de elección popular. En el caso de Aranda, ella no es congresista y por tanto no es aplicable las exigencias del año (12 meses) que se establece para quienes ocupan cargos en el Congreso de la República y corporaciones públicas».

Y agregó: «hoy Johana Aranda es una simple ciudadana y para que se incurra una doble militancia, no existe la exigencia temporal de los doce meses. Por eso en este caso no existe límite temporal más allá de la inscripción de su candidatura, es decir, no se le exigía renunciar al Partido Conservador, si quiere lo podía hacer un día antes de su inscripción para aspirar con el aval o por otros partidos políticos», enfatizó.

Finalmente, Novoa reveló que Johana Aranda en un acto de responsabilidad política y democrática, renunció al Partido Conservador el 28 de julio del año pasado, enviando la carta vía correo electrónico y no física, a las directivas del movimiento.

«Queda en total libertad para poder aspirar y ofrecer su visión de ciudad a sus potenciales electores en las próximas elecciones de octubre a la Alcaldía de Ibagué», puntualizó Novoa.

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