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Opinión

Valoremos y apliquemos la Constitución

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Por: Camilo Ernesto Ossa

Nos acercamos a un nuevo proceso electoral, bajo la efervescencia de la crisis por la que atraviesa el país, crisis de todo orden y las propuestas, muchas de ellas populistas o antidemocráticas, para superar la coyuntura, están a la orden del día, mucho cuidado hay que tener para salir en defensa de nuestro Estado Social de Derecho, pues no faltan los que siguen el juego de querer “cambiar la Constitución”, como si ese fuera el principio y fin de todas nuestras carencias. Debemos comenzar por acabar, lo que Neil Walker denomina “el fetichismo constitucional”, bajo la falsa creencia que solución a los problemas es elevarlos a la categoría de norma y, ¡no!, pues no hay peor conciencia del incumplimiento que tenerlo escrito en una norma jurídica.    

Como en las últimas campañas electorales, el juego del “castro-chavismo” y la comparación con el vecino país, estarán a la orden del día y la discusión del “modelo económico” copará ríos de opinión en el país, pero permítanme aclararles dos puntos para la información del lector:

Primero, en Colombia tenemos una Constitución que, en palabras de Rodrigo Uprimny, es valorativa, “porque consagra principios y valores específicos”, pero no establece un modelo económico preciso, la Constitución señala los fines esenciales del Estado, es decir, a dónde se debe llegar, pero el cómo llegar, se lo reserva al gobierno de turno; esa es la realidad, en tanto que, si hemos fallado, tenemos que mirar, no a la Constitución, sino a quienes la han desarrollado. Uno de esos principios, transversales a toda la Constitución Política y que es clave en cualquier proceso democrático es la libre competencia económica, contenida en el artículo 333 de la misma, ese es el fin, el cómo, mirémoslo desde el año 91 al día de hoy, ahí está el problema.

Segundo, nuestro modelo económico debe estar íntimamente ligado a nuestro Estado Social, donde se deben asumir todas las acciones encaminadas a cumplir con su obligación de asistencia social, garantía de derechos y libertades, la efectividad en la provisión de las condiciones mínimas vitales para la subsistencia digna de sus ciudadanos en pro del bien común y del cumplimiento de los fines del Estado. En palabras de la profesora Magdalena Correa, “el significado del Estado Social de Derecho no puede trazarse, pues, con negación de la libertad económica, de la libre competencia, del derecho a la propiedad y la protección de los trabajadores, la seguridad social, la salud, el medio ambiente, la dignidad humana, el bienestar colectivo”.

En la unión del primero y el segundo –libre competencia económica y Estado Social- está la economía social de mercado, como expresión que pertenece al sistema económico de la Constitución Política de Colombia, por lo que los monopolios, oligopolios y los carteles son una negación de esta combinación, afectan en conjunto a la sociedad que requiere de fuertes y solidos instrumentos para combatirlos.

En definitiva, en Colombia el problema no es de normas, es un problema de ejecución y control político y social, donde en realidad se garantice una libre competencia en condiciones equitativas para todos y que genere el bien común a toda la población. Así es que cuando nos hablen de libre competencia, primero miremos quiénes y cómo la han desarrollado a través de políticas públicas (des)acertadas para alcanzar los fines esenciales del Estado.

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