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Tolima

Tribunal Administrativo del Tolima tumba la elección del alcalde de Palocabildo

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Esta decisión obliga a que se realicen elecciones atípicas en esa población norteña para elegir al nuevo mandatario.

El Tribunal Administrativo del Tolima, en las últimas horas declaró la nulidad de la elección del alcalde de Palocabildo, Leonardo Maldonado Sánchez. Según la demanda realizada por el abogado barretista Nelson Hernández, había suficientes pruebas para que hubiera un fallo a favor de su apoderado.

Apartes del documento presentado por el profesional del derecho:
En el municipio de Palocabildo – Tolima, se disputaban el cargo de primera autoridad administrativa y política del municipio los siguientes candidatos en su orden en el tarjetón: 1. Leonardo Maldonado Sánchez, 2. Carlos Iván Reyes Téllez, 3. Anderson Esneider Rubiano Parra, 4. Mayer Augusto Aguirre Téllez”, señala la demanda.

Y agrega: “Cerradas las votaciones ese día a las 04:00 pm, inicia el preconteo en las 26 mesas habilitadas en dicho municipio, de conformidad con lo publicado en la página de la Registraduría Nacional del Estado Civil, y finalizado el preconteo al 100%, en el boletín número 12, mi representado Mayer Augusto Aguirre Téllez, obtuvo el resultado ganador con 2772 votos, frente al señor: Leonardo Maldonado Sánchez, quien obtuvo el total de 2680 votos”.

Además, en la misiva recuerda que luego de conocerse esos primeros resultados las campañas empezaron con la celebración política, sin imaginarse lo que podría ocurrir luego del reconteo y recordó los incidentes registrados ese día.

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Un grupo numeroso de aproximadamente 200 personas, irrumpieron en la sede del Colegio Leopoldo García (lugar del escrutinio municipal), retuvieron de manera ilegal y atacaron con piedras, palos y arengas el recinto donde se llevaba a cabo el escrutinio municipal, ingresando en contra de la fuerza pública y quemaron el arca triclave que estaba bajo la custodia del clavero: Fabian Rogelio Cruz Quesada, quien estaba cumpliendo esta función junto a la registradora municipal: Magda Lucía Cortes Serna y el secretario de Gobierno de Palocabildo – Tolima. Dicha multitud de personas siguieron atacando el recinto, tanto así que la fuerza pública no pudo contener ello, en donde gritaban que había un fraude electoral, y fue allí donde quemaron la totalidad de los votos y todo el material electoral. Por lo cual se presentó una asonada, tal como se evidencia en los informes que adjuntamos y que presentaron la Alcaldía Municipal, la Personería municipal, los miembros de la comisión de escrutinios, para soportar lo anteriormente expuesto”, expuso el abogado.

Y añade: “Los hechos lamentables que fueron enunciados en el punto anterior, generaron que se incinerara todo el material electoral, y además que los miembros de la comisión escrutadora municipal presentaran ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué, la renuncia a sus cargos, aduciendo falta de garantías de seguridad, riesgo en su integridad física y en peligro sus vidas, dichas renuncias se adjuntan para que sirvan de prueba en el presente medio de control, así como el informe realizado por el doctor Yamid Ortiz Reyes – personero municipal de Palocabildo, así mismo se solicitó el informe a la alcaldía municipal, comando de policía de Palocabildo y Procuraduría General de la Nación, los cuales confirman y soportan los hechos acontecidos aquel fatídico 29 de octubre de 2023”.

Ante las pruebas presentadas, se conoció el fallo a favor de la parte demandante, donde el magistrado José Andrés Rojas Villa, a cargo de este caso, resolvió cancelar la credencial que la Comisión Escrutadora Departamental del Tolima que le fue entregada al en ese momento ganador de la contienda electoral.

Y, además: “Declarar la nulidad de la elección del señor Leonardo Maldonado Sánchez como alcalde del Municipio de Palocabildo para el periodo constitucional 2024-2027, contenida en el Formulario E-26 ALC, expedido por la Comisión Escrutadora Departamental del Tolima el 5 de noviembre de 2023, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia”.

Finalmente, le ordenó a la Registraduría Nacional del Estado Civil y al Consejo Nacional Electoral convocar y realizar nuevas elecciones para elegir alcalde en esa municipalidad, por el periodo constitucional 2024 – 2027, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.

Para la ejecución de tal labor, la Fuerza Pública deberá realizar el acompañamiento respectivo con el fin de garantizar el orden público y el normal desarrollo del proceso electoral”, puntualiza el fallo.