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Prorrogan toque de queda en Ataco durante este viernes 6 de noviembre
La restricción de movilidad se extenderá durante las 24 horas en las zonas urbana y rural del municipio. Las autoridades habilitaron una franja de tres horas para el abastecimiento de alimentos y medicamentos.
La Administración Municipal de Ataco prorrogó el toque de queda en todo el territorio municipal mediante el Decreto 185 del 5 de noviembre de 2026, con el que se extendieron las restricciones establecidas inicialmente en el Decreto 183, debido a las condiciones de seguridad que se presentan en la localidad.
De acuerdo con el acto administrativo, la medida regirá desde las 00:00 horas hasta las 24:00 horas de este viernes 6 de noviembre y cobijará el casco urbano, los centros poblados, corregimientos y la zona rural. Durante este periodo estará restringida la circulación y permanencia de personas en vías, espacios públicos y lugares abiertos al público.
La decisión fue adoptada por Erika Dayana Lozano Suárez, secretaria General y de Gobierno, quien ejerce transitoriamente las funciones de alcaldesa municipal, atendiendo las recomendaciones del Puesto de Mando Unificado Departamental. Según el decreto, la prórroga busca mantener las condiciones para el desarrollo de los operativos terrestres y aéreos que adelanta la Fuerza Pública en articulación con el Ministerio de Defensa y la Gobernación del Tolima.
En los considerandos del documento se señala que la extensión de la medida responde a que la situación que originó las restricciones iniciales no ha sido superada. Al respecto, el decreto indica que la prórroga «es necesaria, porque la situación que dio origen al Decreto 183 no ha sido superada» y que se extiende por 24 horas adicionales.
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Excepciones y horarios de abastecimiento
El decreto establece que una persona por núcleo familiar podrá salir entre las 9:00 de la mañana y las 12:00 del mediodía para adquirir alimentos, medicamentos y productos de primera necesidad en el establecimiento más cercano a su domicilio.
También se contemplan excepciones para los habitantes de la zona rural que deban atender actividades agrícolas, animales o cultivos que no admitan aplazamiento, así como para quienes necesiten transportar alimentos, medicamentos, combustibles e insumos básicos. Las personas que tengan citas o tratamientos médicos programados podrán movilizarse con los respectivos soportes.

Durante la franja de abastecimiento podrán abrir al público las tiendas de víveres y abarrotes, droguerías, farmacias y estaciones de servicio. Las droguerías de turno estarán autorizadas para funcionar en cualquier horario. Sin embargo, los establecimientos no podrán vender bebidas alcohólicas para consumo en el lugar ni permitir la permanencia de personas.
La Administración Municipal también precisó que se mantienen las disposiciones relacionadas con las órdenes a la Policía Nacional, la socialización de la medida y las comunicaciones oficiales. El incumplimiento del toque de queda podrá generar las medidas correctivas contempladas en el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.
Finalmente, el Decreto 185 establece que la medida podrá ser modificada, prorrogada o levantada anticipadamente mediante un acto administrativo motivado, dependiendo de la evolución de las condiciones de orden público en el municipio.