Nación
Presidente De la Espriella firma decreto que levanta la suspensión general de permisos para el porte de armas
La medida reactiva los salvoconductos vigentes sin modificar los requisitos legales ni autorizar el libre porte en el país.
El presidente Abelardo de la Espriella firmó el Decreto 1368, con el cual se elimina la suspensión general sobre los permisos de porte de armas de fuego en Colombia. Según argumentó el mandatario, la decisión busca no seguir desarmando a los ciudadanos respetuosos de la ley frente a grupos criminales que continúan apertrechándose, aunque enfatizó que la disposición no habilita un porte indiscriminado.
La norma restablece de forma inmediata la validez de los permisos individuales vigentes que no cuenten con una sanción o restricción particular. Asimismo, el texto aclara expresamente que la medida no crea nuevos derechos, no desregula la tenencia ni altera los requisitos, filtros y controles fijados por la Constitución y el Decreto Ley 2535 de 1993.
A través de sus redes sociales, De la Espriella defendió la determinación: «Durante años se restringió al ciudadano que cumple la ley mientras los criminales siguieron armándose ilegalmente hasta los dientes. Eso tiene que cambiar». En esa misma línea, remarcó: «Que quede claro: esto no significa porte indiscriminado. Se mantienen controles estrictos, requisitos y permisos de las autoridades competentes. Lo que termina es la suspensión general que convertía la prohibición en regla».
Le puede interesar: Gobierno Nacional anuncia plan “Energía Ya” ante posibles riesgos de desabastecimiento
Para contextualizar la decisión, el mandatario expuso cifras operativas de la Fuerza Pública registradas entre el 1 de enero y el 3 de septiembre de 2026, periodo en el que se incautaron 15.700 armas de fuego, de las cuales 14.179 estaban vinculadas a delitos. Entre ellas, 980 pertenecían a disidencias armadas, 551 al Clan del Golfo y 339 al ELN. «Solo entre las asociadas a las disidencias encontramos 380 fusiles y 65 morteros calibre 60 milímetros», detalló, advirtiendo que el Estado volcará “toda la fuerza legítima” para desarmar a las estructuras ilegales.

El porte continuará condicionado a la expedición del salvoconducto por parte de la autoridad militar correspondiente, aplicable exclusivamente al arma registrada y sujeto a exigencias rigurosas: edad mínima de 25 años, carencia de antecedentes penales, exámenes médicos de aptitud psicofísica y certificación de idoneidad técnica. Quienes ya posean un permiso vigente no requerirán trámites ni autorizaciones especiales adicionales.
La suspensión general del porte distinta a la figura de tenencia doméstica o comercial— se prorrogaba año a año desde 2015, habiendo sido ratificada para este periodo por el Decreto 1482 de 2025. Con el nuevo acto administrativo, las Fuerzas Militares deberán adecuar sus protocolos para desmontar el veto general y ceñirse al marco legal ordinario vigente desde 1993.