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MinTrabajo emitió decreto reglamentario para proteger a personas que denuncian acoso sexual en sus empleos

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Esta iniciativa también ampara a las personas que testifiquen, las cuales estarán protegidas por si los quieren despedir.

El Gobierno nacional, a través del Ministerio del Trabajo, expidió el decreto reglamentario que establece nuevas reglas para proteger a las personas que denuncian acoso sexual en su trabajo y sanciona a los empleadores que tomen represalias en su contra.

El ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, explicó que “el decreto adopta medidas para imponer las multas por incurrir en despidos y para proteger a las y los trabajadores».

Según explicó, en el decreto se contempla la reglamentación del parágrafo del artículo 14 de la Ley 2365 de 2024, que señala: “El empleador despide a alguien durante el proceso o dentro de los seis meses siguientes a la denuncia, se asumirá que fue una represalia. Esto se considerará un despido injustificado y el empleador podrá ser sancionado con una multa que irá de 1 a 5.000 salarios mínimos diarios».

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De manera específica, advierte que, cuando una persona denuncia acoso sexual en su trabajo, su empleador no podrá despedirla durante los seis meses siguientes a la denuncia. Si lo hace, el despido no tendrá validez.

Sin embargo, en el decreto se determinaron excepciones, al establecer que “esta protección no aplica si el despido es autorizado por la cartera laboral o si la persona ya tenía un proceso disciplinario antes de hacer la denuncia».

Además, determina que, sí después de seis meses la persona es despedida y alega que fue por su denuncia de acoso sexual, será el empleador el que deberá probar que no fue así.

Finalmente, el decreto también ampara a las personas que testifiquen, las cuales también estarán protegidas contra el despido.

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