Política
“El exalcalde no convocó ni promovió ningún acto político”: defensa de Andrés Hurtado
El abogado Juan Carlos Novoa explicó los argumentos con los que buscan revertir la inhabilidad impuesta en primera instancia por la PGN.
Tras el fallo en primera instancia de la Procuraduría General de la Nación que impuso una inhabilidad de 12 años al exalcalde de Ibagué, Andrés Fabián Hurtado, por presunta participación en política, su abogado defensor, Juan Carlos Novoa, explicó los fundamentos de la apelación y cuestionó la legalidad de la decisión disciplinaria.
En entrevista con Enfoque TeVe, Novoa contextualizó el origen del proceso y señaló que los hechos se remontan a una reunión sostenida en septiembre de 2023: «El exalcalde Hurtado se reunió con los pastores cristianos de la ciudad de Ibagué en cumplimiento de una promesa de campaña: reunirse cada año con este sector para rendirles cuentas de cómo iba la ciudad. Es bien sabido que él profesa la religión cristiana y por eso esa cercanía», afirmó el jurista.
Novoa indicó que la Procuraduría inicialmente consideró que Hurtado había convocado y financiado un acto político, pero que durante el proceso se demostró que no fue así. «A lo largo del proceso logramos demostrar que en ningún momento el exalcalde convocó, o pagó ninguna reunión política, y eso lo acepta la misma Procuraduría», sostuvo.
Sin embargo, el abogado aseguró que, pese a ese reconocimiento, el ente de control decidió sancionar al exmandatario con un nuevo reproche no formulado inicialmente. «En vez de absolverlo, la Procuraduría cambia de manera irregular el cargo y dice: no lo vamos a sancionar por haber convocado, porque está probado que no lo hizo, sino porque supuestamente permitió que se realizara la reunión entre los pastores y la candidata Johana Aranda. Eso viola de forma clara el debido proceso y el derecho a la defensa», señaló.
El defensor también aseguró que no existe prueba alguna que vincule a Hurtado con una eventual promoción política. «Tampoco está probado que el exalcalde hubiera permitido o tenido alguna injerencia para promocionar o persuadir a los pastores cristianos del voto por la entonces candidata», agregó.
Sobre la estrategia jurídica, Novoa explicó que los argumentos ya fueron expuestos en audiencia pública y ahora serán evaluados por la Sala Disciplinaria. «Ese mismo día del fallo expusimos con rigor jurídico y probatorio por qué la decisión es equivocada y debe revocarse. Esos argumentos ya están sobre la mesa», indicó.
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En cuanto a los tiempos, el abogado precisó que la ley concede hasta dos años para resolver la segunda instancia, aunque estima que la decisión podría conocerse antes.«Por la importancia del asunto, considero que la Sala Disciplinaria resolverá mucho antes», dijo.
Novoa también se refirió al escenario en caso de que la sanción sea confirmada y recordó la jurisprudencia vigente. «De acuerdo con la nueva jurisprudencia del Consejo de Estado y la Corte Constitucional, ese fallo no se puede ejecutar. La inhabilidad no sería efectiva hasta que el Consejo de Estado revise la legalidad de la decisión», explicó.

Finalmente, aseguró que, por los tiempos del proceso, el exalcalde no estaría inhabilitado para aspirar a la Gobernación del Tolima. «No habría ninguna restricción que lo inhabilite mientras no exista una decisión en firme del Consejo de Estado. Confiamos en que el fallo será revocado porque el error jurídico es palpable», concluyó.
El abogado también destacó la actitud del exmandatario frente al proceso. «Me ha sorprendido su serenidad y la racionalidad con la que ha asumido el tema. Él es consciente de que el escenario jurídico y probatorio está a su favor, y eso le genera tranquilidad», afirmó.
La apelación presentada mantiene abierto el proceso disciplinario, por lo que la decisión adoptada por la Procuraduría en primera instancia no es definitiva.