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Cortolima deberá garantizar la participación ciudadana en nueva audiencia informativa sobre el relleno La Miel

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Por haberse vulnerado los derechos al debido proceso y a la participación efectiva, un Juzgado ordenó a la Corporación Ambiental volver a convocar a una audiencia para discutir sobre la modificación de licencia ambiental para el relleno sanitario.

El Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito de Ibagué falló a favor de la comunidad que reside en la Hacienda La Miel una acción de tutela que buscaba la protección al debido proceso y a la participación efectiva, en el trámite que se adelanta para modificar la licencia ambiental del Parque Industrial de residuos sólidos La Miel.

La decisión ordena a Cortolima convocar nuevamente a una audiencia informativa en la que se permita “preguntas de los asistentes que estén relacionadas con la modificación de la licencia, el proyecto, los impactos ambientales y las medidas de manejo propuestas”, se describe en el fallo. De la misma forma, se le exige a la empresa Interaseo, titular de la licencia ambiental, que en este espacio previo “exponga de forma clara, específica y detallada el proyecto a la comunidad. También deberá informar sobre todos los impactos ambientales que se generarán como resultado de la modificación de la licencia ambiental del relleno (…)”.

Asimismo, el Despacho le llamó la atención a la empresa indicándole que debe estar “preparada para responder las preguntas de la comunidad”, con el fin de evitar lo ocurrido en la reunión del 16 de mayo, día en que Interaseo no respondió a los interrogantes de los asistentes aduciendo falta de tiempo.

Además, Cortolima debe reprogramar la audiencia pública ambiental que estaba agendada para el pasado 12 de junio, pero que fue suspendida mientras se resolvía la acción de tutela.

Sin garantías de participación Érika Toscano, abogada y residente de La Miel, recordó que la medida jurídica que instauraron dos ciudadanas surgió porque en la audiencia informativa de mayo y que fue encabezada por la directora de Cortolima, Olga Lucía Alfonso Lannini, no se permitió a los asistentes exponer sus preocupaciones.

Tampoco, los argumentos sobre las problemáticas que genera el relleno sanitario, ni el impacto negativo de esta operación a cargo de Interaseo.

Lo que buscaba la comunidad era aclarar dudas sobre el expediente y el procedimiento que se está adelantando”. Asimismo, Toscano señaló que se quiere conocer qué va a pasar con las personas que viven dentro del kilómetro de radicación del relleno sanitario que se proyecta para tener una vida útil de 17 años más.

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Justamente, una vez el Juzgado conoció los argumentos de cada una de las partes concluyó que aunque la reunión informativa no es un espacio de discusión, sí debe brindar información suficiente para la audiencia pública. Hecho que se logra “permitiendo a los participantes preguntar sobre los aspectos que desconocen y aquellos que les generen dudas. Sin embargo, esto no le garantizó a los participantes de la reunión adelantada el 16 de mayo de 2024, a pesar del requerimiento que el funcionario de la Defensoría Delegada para los Derechos Colectivos y del Ambiente le hizo a la directora de Cortolima”, se describe en el fallo.

Tras las evidencias, el Despacho señaló que existió vulneración al derecho fundamental al debido proceso y a la participación efectiva en materia ambiental por parte de Cortolima e Interaseo.
Estamos contentos que este proceso de participación ciudadana se realice de acuerdo a como lo dicta la normatividad y que se hayan amparado nuestros derechos. Esto es simplemente una etapa del proceso, pero buscamos que el relleno sanitario se vaya de nuestra comunidad”, concluyó Toscano.

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