Política
CNE otorga personería jurídica a Defensores de la Patria
La Sala Plena del Consejo Nacional Electoral votó 6 a favor y 1 en contra. El voto negativo correspondió a la magistrada Alba Lucía Velásquez.
El CNE reconoció este 3 de agosto de 2026, con seis votos a favor y uno en contra, la personería jurídica al movimiento Defensores de la Patria, que impulsó la candidatura presidencial de Abelardo de la Espriella.
La decisión se basó en la ponencia del magistrado Alfonso Campo. En ella se señala: “La solicitud presentada por el Grupo Significativo de ciudadanos Defensores de la Patria satisface los presupuestos constitucionales, legales y jurisprudenciales exigidos para el reconocimiento de personería jurídica”.
El CNE argumentó que “la votación obtenida por la fórmula presidencial inscrita por dicha agrupación en las elecciones de 2026 acredita, con especial intensidad, el respaldo popular significativo exigido por el artículo 108 de la Constitución Política, conforme a la doctrina fijada por la Corte Constitucional en la Sentencia SU-316 de 2021”.
La resolución ordena “el reconocimiento de personería jurídica al partido político Defensores de la Patria y su consecuente inscripción en el Registro Único de Partidos y Movimientos Políticos – RUPYM, junto con sus estatutos, plataforma ideológica y programática y lista de afiliados; y otorgar al Director Nacional Provisional el término de diez (10) días hábiles para allegar ante esta Corporación los nombres de los ciudadanos designados en los demás cargos de dirección y administración del Partido”.
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Se conoció en las últimas horas que Camilo Andrés Noguera Abello fue designado como director nacional provisional.
Con la personería jurídica, Defensores de la Patria podrá acceder a financiación estatal, organizarse con estructuras en el territorio nacional y otorgar avales para las elecciones regionales de octubre de 2027, en las que se eligen alcaldías, gobernaciones, concejos, asambleas y juntas administradoras locales.

El movimiento no presentó lista propia al Congreso en marzo de 2026. La solicitud se sustentó en la votación presidencial y en el precedente de la Sentencia SU-316 de 2021, aplicada previamente a casos como Colombia Humana.
La magistrada Alba Lucía Velásquez salvó el voto. Manifestó: “Considero que la sala plena al aprobar la personería de Defensores de la Patria cambió una regla constitucional. El artículo 108 de la Constitución establece los requisitos de manera expresa por los cuales una organización política puede acceder a una personería jurídica y en el caso de firmes por la patria no cumple con ese requisito. Entonces, aplicó indebidamente también una excepción que existe respecto del otorgamiento de las personerías jurídicas”.
Carlos Suárez, estratega de la campaña de De la Espriella, escribió vía X: “Habemus Partido. Democracia moderna creada por el Pueblo en las urnas. La evolución es inevitable: bienvenidos al Siglo 21 de la Política en Colombia”.