martes, 1 de julio de 2025 08:51

Connect with us

Política

Procuraduría pide al Consejo de Estado negar suspensión de elección de la gobernadora Adriana Magali Matiz

Published

on

Concepto emitido por Idayris Yolima Carrillo Pérez, procuradora Séptima Delegada ante el Consejo de Estado, revela inconsistencias y puntos oscuros o dudosos en la solicitud de nulidad electoral.

Un nuevo capítulo se escribe en el proceso de nulidad electoral que cursa ante el Consejo de Estado para que se declare la nulidad electoral en la elección de la gobernadora del Tolima, Adriana Magali Matiz, por una presunta doble militancia, recibiendo en esta ocasión un espaldarazo de la Procuraduría General de la Nación, bajo concepto emitido por la procuradora Séptima Delegada ante el Consejo de Estado, Idayris Yolima Carrillo Pérez.

De acuerdo con el documento, dentro del término concedido mediante auto del pasado 12 de enero, la agente del Ministerio Público hizo traslado de la solicitud de medida cautelar de suspensión provisional de los efectos del acto de elección de Adriana Magali Matiz como gobernadora del Tolima, para el periodo período 2024-2027.

Es de recordar que el señor Alexander Ospina Navarro, en ejercicio del medio de control de nulidad electoral, fue quién solicitó la suspensión provisional de los efectos del acto de elección de la demandada.

Es importante reseñar, que la demanda manifiesta la causal de nulidad de doble militancia en la modalidad de apoyo, por cuanto al ser militante del Partido Conservador Colombiano y en su calidad de candidata inscrita por la “COALICIÓN CON SEGURIDAD EN EL TERRITORIO”, promovió e invitó a votar por candidatos diferentes a los pertenecientes a su partido político.

Adicionalmente, sostiene que la demandada respaldó al candidato Juan Guillermo Beltrán a la Asamblea del Tolima perteneciente al Partido Cambio Radical.

Le puede intereasar: Giovanny Molina no descarta su candidatura a la Cámara de Representantes

Para sustentar lo anterior, el accionante aporta documentos electrónicos como medios de prueba, dentro de los cuales se encuentran videos de algunas publicaciones realizadas en redes sociales, donde aparece la Adriana Magali Matiz junto al candidato a la Asamblea, en las que, a juicio de la parte demandante, se observan manifestaciones de apoyo político a la aspiración del candidato de Cambio Radical.

En síntesis y de acuerdo al documento de 25 folios, la solicitud de medida cautelar de suspensión provisional de los efectos del acto de elección de Matiz Vargas como mandataria seccional, debe ser negada, toda vez que persisten puntos oscuros o dudosos que no logran superarse plenamente con la confrontación de los documentos aportados a la fecha, las normas y el acto declaratorio de elección, pues lo que se advierte, son algunas consideraciones e interpretaciones particulares, sin que tenga claridad sobre la ocurrencia de alguna irregularidad en la elección demandada.

En ese sentido, la delegada del Ministerio Público considera que en esta etapa preliminar no están dados los elementos de juicio para que se decrete la medida cautelar solicitada.

Para terminar y con fundamento en lo expuesto, la delegada de la Procuraduría, Idayris Yolima Carrillo Pérez, procuradora Séptima Delegada ante el Consejo de Estado, solicita NEGAR la medida de suspensión de los efectos del acto de elección de Adriana Magali Matiz como gobernadora del Tolima.