Política
Demandarán la elección de la mesa directiva del Concejo de Ibagué
El abogado Antonio París argumentó que según su criterio se presentaron varias anomalías en el proceso.
En entrevista con la redacción política de Enfoque TeVe, el profesional del derecho, Antonio París, reveló algunas situaciones que se habrían registrado durante la elección de la mesa directiva del Concejo Municipal de Ibagué.
El abogado señala que le puso la lupa a la sesión del pasado 2 de enero de 2024 y que justamente cuando llegan al punto de la postulación de presidente, el concejal Víctor Ortiz, vocero del Partido Conservador, ratifica en primer lugar que actuarán en bancada, dejando claro que para la elección de mesa directiva no aplica la ley de bancadas, ni para la elección de cargos uninominales como personero, contralor o secretario de la corporación.
“Que a esa bancada se incorporaría Jorge Bolívar, que a su vez es concejal de Ibagué vía estatuto de la oposición. Que el vocero sería él, Víctor Ortiz, y que desde entonces anunciaban que el Partido Conservador postularía a Carlos Beltrán como su candidato a la presidencia del Concejo de Ibagué. Eso lo anunciaron y lo cumplieron”, subrayó París.
Y añade: “una vez hace la postulación Víctor Ortiz, quien hacía la presencia de secretario encargado, el concejal del Partido Alianza Verde, William Rosas, postula con fundamento en el artículo 18 de la ley 1909 del 2018 al concejal Arturo Castillo de la bancada del Partido Conservador, como candidato también a aspirar a la presidencia. El artículo 18 permite exactamente que un partido de oposición pueda postular a un miembro de otro partido de oposición para efectos de una elección en la mesa directiva de una corporación pública. ¿Qué ocurre acá? Que la ley les permitió intentar hacer una jugadita, que considero no le salió tan bien como esperaban. Porque es que resulta que el artículo 6 de la ley 1909 del 2018 establece que durante el primer mes de gobierno, es decir, del primero de enero al 31 de enero, los partidos deben radicar en el Consejo Nacional Electoral, los partidos, óigase bien, no los concejales individualmente considerados ni ningún otro, la postura que va a tomar en este primer año y durante los cuatro años el partido correspondiente”.
Asimismo, argumenta que es a partir de esa radicación en el CNE, que oficialmente es partido de oposición, es partido de gobierno, o partido independiente. Si bien es cierto es un vacío o una posible mala confección de la norma, él considera que al no haber sido inscrito el 2 de enero y tener ya el registro reconocido como oposición el Partido Alianza Verde y el Partido Conservador, ninguno de los dos son partido de oposición en este momento.
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“Ningún partido en el Concejo de hoy a la fecha que yo conozca ha radicado la postura ante el CNE, por lo cual todos son oposición, todos son gobierno y todos son independientes. Tienen hasta el 31 de enero para radicar. Entonces, si se hizo una postulación sin tener la calidad de oposición, pues obviamente que el postulado no puede ser elegido de una manera legal, amparado en la norma. Y ese es el primer argumento, sin dejar de mencionar que luego de todo lo que estoy narrando quedó radicado por parte de Víctor Ortiz, la circular 001 del directorio departamental del Partido Conservador, en donde se decía claramente que si un miembro de la bancada era postulado por otro miembro distinto de la misma a cualquier dignidad, debería declinar”, resalta el abogado.
Además, declaró que si Alianza Verde es oposición, “¿por qué el concejal Andrés Zambrano votó en blanco? ¿No debería tener una uniformidad de criterios con quien postuló al hoy presidente del Concejo? Esa es la primera irregularidad en cuanto a presidencia”.
La reelección del concejal William Santiago como segundo vicepresidente:
Sobre este tema, Antonio París opina que también representa anomalías.
“Aquí de pronto cabe una situación particular, que es la novedad que se presentó en la ley 2200 de 2022 con respecto a la Asamblea, porque ocurre el mismo sentido. Fíjense cómo Felipe Ferro fue el último presidente del periodo constitucional anterior y Felipe Ferro es el primer presidente de este nuevo periodo constitucional, como lo tiene descrito y establecido el artículo 27 de la ley 2200 de 2022. No ocurre lo mismo para el Concejo de Ibagué. La norma que regula esta materia en el Concejo sigue siendo la ley 136 de 1994 y dice que ningún concejal podrá ser elegido en la mesa directiva en dos periodos consecutivos. No hace ninguna diferenciación y no puede hacerla quien interpreta la norma en cuanto a si es un periodo constitucional distinto”, destaca.
Y agrega que a su juicio, “el hecho de haber sido elegido nuevamente segundo vicepresidente en el año 2024, habiendo terminado su periodo en el 2023, es una anomalía que también debe ser subsanada o en su defecto que sean los jueces de la república quienes establezcan si tengo la razón o no”.
Finalmente, anunció que se vienen acciones legales contra la elección de la mesa directiva del Concejo de Ibagué: “hoy radiqué un derecho de petición en la Secretaría de la corporación, solicitando copia del acta del día 2 de enero de 2022 y el registro de vídeo y de audio de la sesión de ese mismo día para sacar los apartes, acabar de consolidar la posición jurídica y presentar la respectiva demanda que es a través de un medio de control de nulidad electoral ante la autoridad que allí deba resolver”.