Opinión
+57: El debate por la protección de nuestros niños en el entorno digital
Por: Mauricio Gutiérrez, abogado, columnista, chaparraluno
La polémica por la canción +57, que circula en plataformas digitales, pone sobre la mesa un debate urgente: la protección de los menores frente a contenidos que promueven su hipersexualización. Según el Artículo 44 de la Constitución Política de Colombia, los derechos de los niños prevalecen sobre los demás, garantizando su integridad y el derecho a crecer en un ambiente seguro. Esta canción, con letras cuestionables, atenta contra esos principios, dejando claro que es necesario actuar para salvaguardar los derechos fundamentales de la infancia.
Además, quienes crearon y difundieron este material podrían estar incurriendo en responsabilidades penales. El Código Penal colombiano prohíbe cualquier forma de apología a delitos o contenidos que afecten la integridad de los menores, incluyendo la explotación o sexualización temprana. Al ser accesible para audiencias vulnerables, la canción podría interpretarse como una amenaza directa a su bienestar, lo que obliga a las autoridades a tomar medidas contundentes para evaluar las implicaciones legales de su difusión.
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El Código de Infancia y Adolescencia (Ley 1098 de 2006) exige a la sociedad y a las plataformas digitales garantizar la protección de los niños y jóvenes. Estas empresas tienen la responsabilidad de filtrar contenidos que promuevan comportamientos nocivos. La eliminación de esta canción no es un ataque a la libertad de expresión, sino un paso necesario para proteger los derechos superiores de los menores, una obligación que no puede quedar relegada frente a intereses comerciales.
Este caso también pone en evidencia la necesidad de un diálogo más amplio sobre la regulación del contenido digital y su impacto en los menores. La educación, el control parental y la sensibilización deben ir de la mano con políticas claras que limiten el alcance de contenido inadecuado. Las plataformas no pueden ser espacios de impunidad, y las normas deben adaptarse para proteger a los usuarios más jóvenes.
La canción +57 debe ser retirada de circulación por su mensaje peligroso para la infancia. Es momento de actuar con firmeza y de manera preventiva, recordando que proteger a los menores es un mandato constitucional. La defensa de sus derechos no solo es un imperativo legal, sino también un compromiso ético que debemos asumir como sociedad.